Novedades:

Demanda de Acción Popular

Demanda de Acción Popular (constitucional)

Exp.: Sec.: 
Escrito N° 1 
Cuaderno principal 
Sumilla: Acción popular 


SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA 


BLAS DE LEZO, identificado con D.N.I. 21 345 435, con dirección domiciliaria en Avenida de los Libertadores, con domicilio procesal en la casilla 4322 del Opto. de Notificaciones del Colegio de Abogados de Lima; a Ud. atentamente digo: 

Que, recurro a su despacho a fin de interponer acción popular contra la Resolución Ministerial N° ..... expedida por el Ministro de .............., don ................, a quien se notificará en ............................................., para que se deje sin efecto el referido dispositivo legal por ser fIagrantemente inconstitucional e ilegal, atendiendo a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: 


I. FUNDAMENTOS DE HECHO: 

1. Con fecha ............ el Ministro de ............., expidió la Resolución Ministerial N°........., estableciendo que la jornada laboral obligatoria para los trabajadores del sector público es de doce horas diarias, y de setenta y dos horas semanales. 

2. Como puede apreciarse, la norma impugnada contiene una disposición que constituye una flagrante transgresión al arto 25 de la Constitución Política que establece que la jornada de trabajo en general es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo; además, contraviene lo señalado en la Ley N° .............., la misma que complementa lo señalado en la Carta Magna.. 

3. Como quiera que esta regulación de la jornada de trabajo se efectúa por medio de una resolución ministerial que contradice tanto a la Constitución como a la Ley N° ..........., siendo un dispositivo de menor jerarquía, me encuentro en la obligación de interponer la presente acción popular. 

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO: 

1. La acción popular.- Conforme lo dispone el arto 200 inc. 5) de la Constitución Política, la acción popular procede contra las normas de menor jerarquía, como reglamentos, normas administrativas y resoluciones de carácter general que contravienen la Constitución o las leyes. Como quiera que en este caso se trata de una resolución ministerial que viola la Constitución y la Ley N° .............., es perfectamente viable la acción a que se refiere el artículo constitucional citado, el mismo que invocamos como sustento de la presente demanda. 

2. Regulación de la Jornada de Trabajo.- Conforme lo dispone el arto 25 de la Constitución Política, la jornada de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales como máximo, dicha disposición se complementa con lo establecido por la Ley N° ................; por lo que en el presente caso al regularse la jornada de trabajo mediante una norma de menor jerarquía estableciendo condiciones diferentes a las previstas por la Constitución y la Ley, se está transgrediendo fIagrantemente el citado artículo constitucional y la Ley que lo complementa. 

POR TANTO: 

A Ud., Sr. Presidente, solicito admitir la presente acción, tramitarla de acuerdo a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada, ordenando se deje sin efecto la norma impugnada. 


Lima, 27 de noviembre de 2020


FIRMA DEL ABOGADO          FIRMA